¿Necesito un representante RAP en España?
España no se limita a preguntar dónde está constituida su empresa. Pregunta si está establecida en España y quién recibe sus productos. Cuatro preguntas, y a veces la respuesta es no: una comprobación que siempre dice que sí es un formulario de venta, no una comprobación.
Esto sigue la definición de productor del RD 1055/2022 y del PPWR, tal como la aplica el MITECO en su nota de 13 de agosto de 2026. Fuentes (3)MITECOMITECO — Nota interpretativa sobre el productor conforme al Reglamento (UE) 2025/40, v2, 13 de agosto de 2026 (PDF)Real Decreto 1055/2022, envaReal Decreto 1055/2022, envases y residuos de envasesReglamento (UE) 2025/40 (PPWReglamento (UE) 2025/40 (PPWR), artículo 45
Las preguntas que de verdad se hacen
¿Hay un volumen mínimo por debajo del cual pueda ignorarlo?
¿Y si solo vendo a través de Amazon?
Mi cliente español revende los productos. ¿Sigo siendo el productor?
¿Pueden decirme que no les necesito?
¿Vende en España sin una empresa española?
Desde el 12 de agosto de 2026, el artículo 45, apartado 3, del PPWR exige un representante autorizado establecido en España. Nosotros somos ese representante, por 199 € al año.