Por Razvan Toma · Fundador · Comprobado el 4 de octubre de 2026 · Fuentes enlazadas abajo
En la práctica, sí. La nota del MITECO de 13 de agosto de 2026 indica que la inscripción en el RPP debe adjuntar un certificado emitido por el SCRAP que acredite que el productor participa en él, tanto si se adhirió directamente como a través de una ventanilla única o de un acuerdo entre sistemas, y que el SCRAP debe estar autorizado para la categoría de envase de que se trate. El formulario de inscripción le pide elegir un SCRAP para cada categoría de envase que pone en el mercado. El MITECO publica la lista de SCRAP con autorización definitiva o provisional. MITECO
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